Licencias para utilización de contenidos audiovisuales en centros educativos

Nota informativa en relación con lo estipulado en el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual en relación con la utilización de contenidos audiovisuales en los centros educativos.

FECHA: 25/03/2015

DIRIGIDO A : Centros asociados
ASUNTO: Licencias para utilización de contenidos audiovisuales en centros educativos

Os suponemos entrados que el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual establece que los centros educativos que deseen utilizar contenidos audiovisuales deberán contar con la autorización de los propietarios de dichos contenidos.
Este supuesto se establece, por ejemplo, para la proyección en su totalidad de películas, etc., no siendo necesaria dicha autorización si sólo se proyectan trozos de dicho material.

Tenemos conocimiento, a través de algunos centros asociados, de que estos días estáis recibiendo una carta de EGEDA en la que os proponen la compra de su Licencia Educativa, pero queremos puntualizaros que, según información de la web del Ministerio de Cultura, Educación y Deportes, hay más empresas autorizadas para la gestión de este tipo de licencias, por lo que os adjuntamos el enlace a la página por si quisierais consultar con otras empresas.

http://www.mecd.gob.es/cultura-mecd/areas-cultura/propiedadintelectual/gestion-colectiva/direcciones-y-tarifas.html

www.mecd.gob.es
– Pinchar en el recuadro superior: CULTURA
– En el recuadro de la izquierda veréis ÁREAS DE CULTURA
– Pinchar en PROPIEDAD INTELECTUAL
– Pichar en GESTIÓN COLECTIVA
– Pinchar en DIRECCIÓN Y TARIFAS.

Recordad que sólo las empresas que aparecen en esta página pueden ofertar un servicio legal, ya que están reconocidas por el Ministerio.

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